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El presidente Chávez convocó a criticar, discutir y debatir el proyecto de reforma |
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escribe Ricardo Daher "Nadie, por más poder que tenga, podrá cambiar una sola coma de la Constitución sin la participación del pueblo" aseguró el presidente Hugo Chávez al presentar a la Asamblea Nacional su anteproyecto de reforma constitucional, y enseguida invitó a todos a debatir, criticar y participar en la discusión de ese proyecto. De un plumazo descartó las acusaciones de que pretende "imponer" una nueva Constitución para eternizarse en el poder, al insistir que será el pueblo quien decida sobre la reforma e invitó a todos a integrarse a la discusión. "Que viva la crítica, el pensamiento crítico, reeditemos el debate" exclamó. La pasada semana el mandatario venezolano presentó finalmente el proyecto de reforma constitucional en el que ha venido trabajando desde fines del pasado año. El presidente presentó la necesidad de la reforma constitucional como una parte del proceso revolucionario y del poder constituyente del pueblo. Chávez recordó que ese poder se manifestó en las jornadas de febrero de 1989, conocidas como el "caracazo", cuando el pueblo se rebeló contra el gobierno, contra el imperio, la corrupción, contra el hambre y contra los dictador del Fondo Monetario Internacional. "Ahi se activó el poder constituyente revolucionario que estaba dormido", subrayó. Subrayó que la reforma es necesaria para avanzar en el proceso revolucionario y "romper nudos que traban y a veces quieren ahogar la revolución", así como para "dejar atrás las desviaciones de la burocracia, los vicios, corruptelas, que se regaron por todas partes y constituyen un verdadero cáncer contra la sociedad". Desde antes que el presidente Hugo Chávez enviara su anteproyecto de reforma constitucional al parlamento, la oposición interna y la externa -constituida por los formadores de opinión en el mundo y los gobiernos derechistas y/o aliados a Estados Unidos- han emprendido una campaña contra ese proyecto, al punto de tildarla de anticonstitucional, "golpe de Estado constitucional", y otras lindezas por el estilo. Víctimas de una mala estrategia opositora, las fuerzas de derecha, y algunas que alguna vez fueron de izquierda, se aislaron los ámbitos de discusión y control del Estado. La autoexclusión de las elecciones parlamentarias en 2005, pensando que así aislarían al gobierno y recibirían ayuda externa para intentar derrocar al presidente Chávez, les salió muy mal y quedaron fuera de los ámbitos institucionales de discusión y control. En Venezuela no encontraron fuerzas suficientes para un golpe de Estado, ni para provocar una desestabilización tal que posibilitara la derrota del presidente en las elecciones de diciembre del pasado año. Hugo Chávez resultó electo con más del 60% de los votos y poco después comenzó a aplicar su propuesta de gobierno. Todo lo que está proponiendo fue anunciado en la campaña electoral. Una campaña electoral libre, donde la oposición se movilizó, insultó y provocó de diferentes maneras al gobierno. Y unas elecciones donde los observadores internacionales no encontraron una falla. Cuando Chávez juramentó su mandato, la oposición interna y externa sabía ya cuáles serían las medidas que impulsaría el gobierno, desde la ley de poderes especiales hasta la reforma constitucional y la reelección, entre otros temas. Apenas se promulgó la ley de poderes especiales, ya los voceros de la derecha proclamaban una dictadura en Venezuela. Más de seis meses después nadie recuerda que los pronósticos agoreros no se cumplieron. Curiosamente, todas las críticas al proyecto de reforma parten del preconcepto de que el pueblo las sancionará con sus votos y de que el presidente Chávez será reelecto cada vez que se presente. Los pueblos cuentan La oposición al proyecto revolucionario de Hugo Chávez, debería recordar que en este proceso, hay varias instancias de discusión y votación antes de ser aprobado. Claro, su error al boicotear las elecciones parlamentarias le significa hoy no estar presente en la Asamblea Nacional para discutir, modificar o rechazar el proyecto. Pero ese fue un error de cálculo de la oposición. Para su consuelo cabe recordar que el propio presidente Chávez reclamó la dicusión popular de la reforma, por lo que la oposición vuelve a tener una posibilidad de discutir, trabajar en contra, convencer y derrotar el proyecto. Hasta se le ofrece la posibilidad de participar en los órganos de poder popular, donde no deben inscribir partidos, sino acercarse a participar y convencer. Por último, puede utilizar todos los medios de comunicación con que cuentan, radios, televisión, internet, la prensa internacional, las grandes agencias noticiosas, para convencer a los venezolanos de que voten en contra cuando se realice el plebiscito. Y no se trata de una pelea perdida de antemano. Quién así piense, está menospreciando la capacidad del pueblo venezolano. Otros pueblos, con menos posibilidad de movilización, propagada y prensa, derrotaron los proyectos constitucionales de dos poderosas dictaduras en Sudamérica. En 1980 en Uruguay, el pueblo rechazó por mayoría, sin tener una oposición articulada, con miles de presos políticos, exiliados, políticos prohibidos, la reforma constitucional de la dictadura militar. 10 años más tarde, el pueblo chileno hacía lo mismo con el proyecto de reforma constitucional del dictador Augusto Pinochet. El país tiene por delante varios meses de discusión en la Asamblea Nacional y en las instancias populares, hasta la consulta popular de la reforma. La oposición parece descartar la posibilidad de convencer a los venezolanos de votar contra la reforma y como antes, apuesta a la confrontación y la desestabilización desde las estructuras de poder y desde el exterior, no tanto con la posibilidad de derrotar en esta instancia al gobierno, sino en un proyecto de mediano plazo donde pueda contar con respaldo internacional. ¿Es peligrosa la reforma constitucional? El mecanismo de la reelección indefinida no es nuevo ni exclusivo de gobiernos socialistas. Estados Unidos lo utilizó hasta 1945 cuando el propio presidente Rooselvelt -reelecto desde 1933- reformó la Constitución para limitarla a dos períodos. Francia mantiene la reelección indefinida, y los países donde el primer ministro es el jefe de gobierno, la reelección del primer ministro no sólo es indefinida, sino que se resuelve por el parlamento. Sin contar los jefes de Estados, donde los reyes son eternos y ni siquiera electos, y que además se proclaman democráticos. Por otra parte, la reelección siempre está pendiente de la voluntad popular a la hora de las votaciones. Además de proponer la reelección consecutiva, el proyecto extiende el período de mandato a 7 años, igual que en Francia. Los razgos más llamativos de la reforma en todo caso, están en los aspectos económicos y de participación ciudadana. Desde una definición más extensa de la soberanía nacional, un nuevo reparto administrativo del país, la definición de los tipos de propiedades posibles, pasando por la reducción de las jornadas de trabajo, la creación de un mecanismo de seguridad social para todos los trabajadores, hasta la inclusión de las formas de participación ciudadana en los órganos de poder popular a consolidar. Se incluye por primera vez la prohibición de los partidos políticos y candidatos de recibir financiación extranjera, y se abre la posibilidad de presentarse a elecciones a los personas individualmente, sin representar a un partido. El diario El País de España, líder en los ataques al proceso venezolano, recordó que unos 100.000 españoles viven en Venezuela, y que muchos son propietarios de empresas pequeñas y medianas, y algunos representantes de grandes empresas españolas. Buscando una crítica local entrevistó a empresarios españoles con inversiones en el país sudamericano, y la única crítica concreta fue la reducción de la jornada de trabajo. El diario, que tergiversa el contenido de la reforma en el título de la nota ("Chávez aumenta su poder para dictar expropiaciones y regir el Banco Central"), recuerda que "hay unas 100 grandes empresas españolas, entre las que destacan Repsol, los bancos BBVA y Santander, la empresa de seguros Mapfre y la de teléfonos Movistar", rendido ante la evidencia añade: "Las compañías españolas consultadas creen que las reformas económicas previstas por Chávez no entrañan, en principio, ninguna amenaza para la inversión extranjera" Sobre la reducción de la jornada laboral, el empresario español que no cita, dice "Esto puede ser contraproducente porque uno de los grandes problemas de la economía venezolana es la falta de productividad. Y así se reduciría aún más". En cuanto al sistema propuesto para la defensa de los trabajadores, el empresario considera que "esta medida equivaldría en España a nuestra seguridad social. Es una medida muy necesaria". En cuanto al título del diario, "Aumenta su poder para dictar expropiaciones..." es falso. La reforma sólo es más concreta y posibilita al Estado asumir el control del bien a expropiar antes de que se fije la compensación o se resuelva cualquier disputa legal, pero la posibilidad de expropiar cualquier bien en beneficio público, ya estaba presente en la Constitución aprobada mayoritariamente por los venezolanos. En cuanto al control del Banco Central, la medida es un retorno a la situación imperante en toda Latinoamérica antes de las olas privatizadoras. Los organismos internacionales impusieron a los gobiernos el criterio de que las autoridades de los bancos centrales nacionales debían sobrevivir a los gobiernos y que las autoridades electas no debían definir sus políticas ni sus autoridades. Esto lo lograron con variado éxito en muchos países. Ahora Chávez pretende retomar el control de la política monetaria del país y no sólo de los fondos del Banco Central como insinúa el matutino español que, con desidia, agrega que ya usó parte de esos fondos "para comprar aviones rusos". En realidad los usó para impulsar las misiones que mejoraron la calidad de vida de los más necesitados. La reforma Después de definir el territorio nacional, que mantiene de la anterior Constitución, la primera modificación propuesta tiene que ver con la potestad del presidente de la república de "decretar Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. Igualmente podrá decretar Autoridades Especiales en situaciones de contingencia, desastres naturales, etc." Enseguida, propone modificaciones a la división política del país. Chávez recuerda que con apenas modificaciones, la división política del país es casi la misma que existía en el siglo XIX. El nuevo proyecto incorpora nuevas divisiones y estructuras de poder popular y democracia directa. Uno de los aspectos destacados del proyecto sostiene que "La unidad política primaria de la organización territorial nacional será la ciudad, entendida esta como todo asentamiento poblacional dentro del Municipio, e integrada por áreas o extensiones geográficas denominadas Comunas. Las Comunas serán las células geohumanas del territorio y estarán conformadas por las Comunidades, cada una de las cuales constituirá el núcleo espacial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano, donde los ciudadanos y las ciudadanas comunes tendrán el poder para construir su propia geografía y su propia historia. A partir de la Comunidad y la Comuna, el Poder Popular desarrollará formas de agregación comunitaria Político-Territorial, las cuales serán reguladas en la Ley, y que constituyan formas de Autogobierno y cualquier otra expresión de Democracia Directa. La Ciudad Comunal se constituye cuando en la totalidad de su perímetro, se hayan establecido las Comunidades organizadas, las Comunas y los Auto Gobiernos Comunales, estando sujeta su creación a un referéndum popular que convocará el Presidente de la República en Consejo de Ministros". Otra de las modificiones atiende al desarrollo ordenado de las ciudades y el derecho de sus habitantes a acceder a todos los servicios de infraestructura. En el capítulo de los derechos políticos, se introduce la prohibición de que quienes participen en los procesos electorales reciban financiamiento exterior, tanto de Estados como de organizaciones privadas, y se mantiene la posibilidad de que personas individuales puedan presentarse a cargos electivos por fuera de los partidos políticos. En el mismo capítulo se introducen los órganos de poder popular. Así el artículo 70 se formula de esta manera: "Son medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio directo de su soberanía y para la construcción del socialismo: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, siendo las decisiones de esta última de carácter vinculante, los Consejos del Poder Popular (consejos comunales, consejos obreros, consejos estudiantiles, consejos campesinos, entre otros), la gestión democrática de los trabajadores y trabajadoras de cualquier empresa de propiedad social directa o indirecta, la autogestión comunal, las organizaciones financieras y microfinancieras comunales, las cooperativas de propiedad comunal, las cajas de ahorro comunales, las redes de productores libres asociados, el trabajo voluntario, las empresas comunitarias y demás formas asociativas constituidas para desarrollar los valores de la mutua cooperación y la solidaridad socialista. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo". Los derechos sociales La nueva constitución propuesta introduce un sistema de seguridad social basada en los aportes del Estado y los trabajadores que incluye a los trabajadores independientes. También como otras constituciones establece el derecho al trabajo y subraya que "el Estado desarrollará políticas que generen ocupación productiva y adoptará las medidas sociales necesarias para que toda persona pueda lograr una existencia digna, decorosa y provechosa para si y para la sociedad". El proyecto avanza en la constitución anterior que sólo preveía una disminución progresiva de la jornada laboral, estableciendo que "la jornada de trabajo diurna no excederá de seis horas diarias ni de treinta y seis horas semanales y la nocturna no excederá de seis horas diarias ni de treinta y cuatro semanales". Se mantiene que ningún patrón podrá obligar al trabajador a realizar horas extras, y se añade que el patrono "deberá programar y organizar los mecanismos para la mejor utilización del tiempo libre en beneficio de la educación, formación integral, desarrollo humano, físico, espiritual, moral, cultural y técnico de los trabajadores y trabajadoras". En cuanto a los derechos culturales, se agrega que "las culturas populares, la de los pueblos indígenas y de los afrodescendientes, constitutivas de la venezolanidad, gozan de atención especial, reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas". Al mismo tiempo se mantienen los estímulos para promover los valores culturales del país. De los derechos económicos Uno de los capítulos en los que se introducen mayores modificaciones es el referido a los derechos económicos, donde se definen los tipos de propiedades, sin que desaparezca la propiedad privada, y ampliando los objetivos primarios del artículo 112 de la Constitución de 1999 sobre el papel de Estado en la producción y distribución de la riqueza. De un Estado promotor de la iniciativa privada, se pasa a un modelo donde "el Estado promoverá el desarrollo de un Modelo Económico Productivo, intermedio, diversificado e independiente, fundado en los valores humanísticos de la cooperación y la preponderancia de los intereses comunes sobre los individuales, que garantice la satisfacción de las necesidades sociales y materiales del pueblo, la mayor suma de estabilidad política y social y la mayor suma de felicidad posible. Así mismo, fomentará y desarrollará distintas formas de empresas y unidades económicas de propiedad social, tanto directa o comunal como indirecta o estatal, así como empresas y unidades económicas de producción y/o distribución social, pudiendo ser estas de propiedad mixtas entre el Estado, el sector privado y el poder comunal, creando las mejores condiciones para la construcción colectiva y cooperativa de una Economía Socialista". Se mantiene la prohibición a la constitución de monopolios y al abuso de posiciones de dominio, y en el caso de los recursos naturales se hacen más concretas las exigencias a las empresas privadas que reciban la concepción para su explotación. También se introduce que "cuando se trate de explotación de recursos naturales o de cualquier otro bien del dominio de la Nación de carácter estratégico, o de la prestación de servicios públicos vitales, el Estado podrá reservarse la explotación o ejecución de los mismos, directamente o mediante empresas de su propiedad, sin perjuicio de establecer empresas de propiedad social directa, empresas mixtas y/o unidades de producción socialistas, que aseguren la soberanía económica y social, respeten el control del Estado, y cumplan con las cargas sociales que se le impongan, todo ello conforme a los términos que desarrollen las leyes respectivas de cada sector de la economía". Más adelante, se propone modificar la Constitución donde se establece que el Estado se reserva, "por razones de conveniencia nacional la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico", por una redacción en que la reserva no es por razones de conveniencia, sino de "soberanía". Además se añade que el Estado dará preferencia a la teconología nacional para la explotación petroleras. Para ello se insiste, en la redacción propuesta, que para garantizar la seguridad alimentaria, "la República podrá asumir sectores de la producción agrícola, pecuaria, acuícola indispensables a tal efecto, y podrá transferir su ejercicio a entes autónomos, empresas públicas y organizaciones sociales, cooperativas o comunitarias. Así como utilizar a plenitud las potestades de expropiación, afectación y ocupación en los términos de esta Constitución y la Ley". Asimismo, de una redacción ambigua sobre el latifundio, se propone directamente la prohibición de los mismos por ser contrarios al interés nacional, y se propone que "la República determinará mediante Ley la forma en la cual los latifundios serán transferidos a la propiedad del Estado, o de los entes o empresas públicas, cooperativas, comunidades u organizaciones sociales capaces de administrar y hacer productivas las tierras". También se establece la potestad del Estado de confiscar las tierras de quienes realicen daños irreparables al medio ambiente o utilicen sus predios para la producción de drogas, empleen mano de obra esclava o permitan que en sus terrenos se comentan delitos contra la seguridad o defensa de la nación. Otro aspecto destacado de la nueva redacción constitucional es la recuperación de la administración del Banco Central para el gobierno, quitando la autonomía que hasta ahora mantiene. La propiedad El artículo 115 de la Constitución, que establece el derecho de propiedad, se hace más extenso reconociendo otras formas, además de la propiedad privada. De esta manera, el proyecto constitucional establece que "Se reconocen y garantizan las diferentes formas de propiedad. La propiedad pública es aquella que pertenece a los entes del Estado; la propiedad social es aquella que pertenece al pueblo en su conjunto y las futuras generaciones, y podrá ser de dos tipos: la propiedad social indirecta, cuando es ejercida por el Estado a nombre de la comunidad, y la propiedad social directa, cuando el Estado la asigna, bajo distintas formas y en ámbitos territoriales demarcados, a una o varias comunidades, a una o varias comunas, constituyéndose así en propiedad comunal o a una o varias ciudades, constituyéndose así en propiedad ciudadana; la propiedad colectiva es la perteneciente a grupos sociales o personas, para su aprovechamiento, uso o goce en común, pudiendo ser de origen social o de origen privado; la propiedad mixta es la conformada entre el sector público, el sector social, el sector colectivo y el sector privado, en distintas combinaciones, para el aprovechamiento de recursos o ejecución de actividades, siempre sometida al respeto absoluto de la soberanía económica y social de la nación; y la propiedad privada es aquella que pertenece a personas naturales o jurídicas y que se reconoce sobre bienes de uso y consumo, y medios de producción legítimamente adquiridos. Toda propiedad, estará sometida a las contribuciones, cargas, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes, sin perjuicio de la facultad de los Órganos del Estado, de ocupar previamente, durante el proceso judicial, los bienes objeto de expropiación, conforme a los requisitos establecidos en la ley". Reelección y extensión del periodo presidencial El proyecto en discusión autoriza la reelección indefinida y al mismo tiempo propone extender el mandato del presidente de 6 a 7 años. El proyecto es más concreto sobre la autoridad del presidente ante las fuerzas armadas. De la redacción actual que establece que el presidente "ejerce el mando supremo de la Fuerza Armada Nacional", se pasa a una redacción donde al presidente le corresponde "Comandar la Fuerza Armada Bolivariana en su carácter de Comandante en Jefe, ejerciendo la Suprema Autoridad Jerárquica en todos sus Cuerpos, Componentes y Unidades, determinando su contingente". Al mismo se introduce la potestad del presidente de designar varios vicepresidentes, así como "Crear las Provincias Federales. Territorios Federales y/o Ciudades Federales según lo establecido en esta constitución y designar sus autoridades, según la ley". Por otra parte se hacen más concretas las competencias del poder nacional y se introduce la prohibición a los gobiernos de realizar concesiones mineras por tiempo indefinido. Las Fuerzas Armadas Finalmente entre otros aspectos del proyecto de reforma constitucional, destaca la transformación de la Fuerza Armada Nacional en Fuerza Armada Bolivariana que implica además incorporación de la Milicia Popular. |
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